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Convocatoria cooperación y educación para el desarrollo Murcia 2017

Publicado el extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Murcia de 20 de octubre de 2017, por el que se aprueba la convocatoria de proyectos de cooperación y educación para el desarrollo y sensibilización del año 2017.

De conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la web municipal (www.murcia.es).

Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de la presente convocatoria quienes cumplan con los siguientes requisitos:

  • a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones, o cualquier otro de carácter público, como mínimos dos años antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  • b) Tener sede abierta en el municipio, y estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Murcia antes de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
  • c) No perseguir fines de lucro ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas o de Administraciones Públicas.
  • d) Disponer de estructura suficiente y de medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
  • e) Tener como fines institucionales la realización de actividades de cooperación al desarrollo y fomento de solidaridad entre los pueblos o demostrar de modo fehaciente que la entidad actúa de forma continuada en dicho ámbito.
  • f) Estar al día de las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legalidad vigente.
  • g) No ser deudora por ningún concepto a la Hacienda Municipal.

Segundo. Objeto.
Las presentes normas de subvenciones 2017 del Ayuntamiento de Murcia, tienen por objeto regular los tramites y condiciones para la concesión de subvenciones destinadas por un lado a la financiación y realización de proyectos en materia de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y cuyo fin es satisfacer las necesidades de colectivos o zonas desfavorecidas de países en desarrollo y por otro lado la realización de proyectos de educación y sensibilización para el desarrollo en el municipio de Murcia, siendo en ambos casos presentados por Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, entidades, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro establecidas localmente en el municipio de Murcia. El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y sometido al sistema de valoración y criterios fijados en esta convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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