Publicado el acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Murcia, de 19 de junio de 2020, por el que se aprueban los criterios para la concesión directa de ayudas extraordinarias por el COVID-19 para favorecer el reinicio de la actividad económica de autónomos y micropymes.
Primero. Beneficiarios.
Personas físicas, empresario individual, autónomo o comunidad de bienes y personas jurídicas, sociedad mercantil, sociedad laboral, cooperativas, incluidas las sociedades mercantiles especiales, que ejerzan su actividad económica en local situado en el término municipal de Murcia. La persona beneficiaria deberá ser titular de la preceptiva licencia de actividad municipal y deberá estar dada de alta, como persona trabajadora por cuenta propia y/o micropyme.
Segundo. Objeto
Ayudar a cubrir los gastos fijos derivados del reinicio de la actividad económica del colectivo profesional de autónomos y micropymes del municipio de Murcia afectado por el cierre de su actividad, con ocasión del estado de alarma decretado para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.