Publicado el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Molina de Segura de 20 de junio de 2017 sobre convocatoria de subvenciones para el fomento de actividades formativas extraescolares en centros sostenidos con fondos públicos.
Según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 20 de junio de 2017 y de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sedeelectronica.molinadesegura.es)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Asociaciones de Padres y Madres de alumnos/as de Centros sostenidos con fondos públicos de educación infantil y primaria del municipio de Molina de Segura, que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Molina de Segura, disponiendo del correspondiente CIF:
Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
b) Haber justificado las subvenciones otorgadas con anterioridad por la Concejalía de Educación en tiempo y forma.
c) Tener su sede social y ámbito de actuación en el municipio de Molina de Segura.
Segundo: Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones con destino a financiar programas de gasto, relativos Actividades Formativas Extraescolares.