Publicada la Ley 7/2018, de 3 de julio, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Los modelos de sociedad, sus formas de organizarse y los valores sobre los que ésta se sustenta, han evolucionado y son ya muy diferentes a los que tradicionalmente han venido imperando décadas atrás. Si bien el matrimonio sigue siendo la forma de unión o unidad familiar predominante, no es la única opción actual, y la sociedad murciana no puede permanecer ajena a los cambios surgidos en el último medio siglo, debiendo dar respuesta a otros tipos de unión que demandan una regulación por parte de los poderes públicos.
El ordenamiento jurídico español ha recogido ya algunos casos en los que se equipara a las parejas unidas de forma estable con la fórmula “relación de afectividad análoga a la conyugal”, una situación equiparable a los matrimonios, poniendo como ejemplo la normativa de arrendamientos urbanos, el derecho de asilo, determinadas disposiciones penales o de prestaciones sociales.
Las uniones con carácter estable, conocidas como «parejas de hecho», se encuentran actualmente en nuestra Región con numerosas trabas jurídicas para su reconocimiento. Las parejas de hecho, por tratarse de una realidad distinta a la institución del matrimonio, parten de opciones y planteamientos personales que requieren el respeto a la diferencia, tanto en el plano social como el jurídico.