Publicado el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura de 22 de mayo de 2018 sobre convocatoria de subvenciones en materia de juventud para el Ejercicio 2018
Según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de mayo de 2018 y de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sedeelectronica.molinadesegura.es)
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Asociaciones Juveniles, secciones juveniles de entidades de adultos (legalmente constituidas, que tengan reconocidos autonomía funciona, organización y gobierno propio) y asociaciones prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro que estatutariamente prevean la atención a jóvenes en sus fines o actividades. Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
b) Haber justificado las subvenciones otorgadas con anterioridad por el Ayuntamiento de Molina de Segura en tiempo y forma.
c) Tener su sede social y ámbito de actuación en el municipio de Molina de Segura.
d) Cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Reglamento que la desarrolla y la Ordenanza Municipal General de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Molina de Segura, publicada en el BORM n.º 154, de 7 de julio de 2005.