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Carné Joven +30 de la Región de Murcia

Publicada la Resolución del Director General de Juventud por la que se aprueba el Programa “Carné Joven +30” de la Región de Murcia.

La Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia, promulgada en virtud de la competencia exclusiva en materia de política juvenil que corresponde a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia atribuida por el Estatuto de Autonomía en su artículo 10, conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Constitución Española, vino a actualizar el marco normativo de las políticas de juventud en nuestro ámbito territorial.

El artículo 1 de la citada Ley tiene por objeto establecer el marco de actuación en estas políticas, determinando una ordenación de los servicios y actividades, promovidas y organizadas por personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con el fin de obtener un efectivo desarrollo y protección de sus derechos, promover la igualdad de oportunidades, formación y cualificación, así como impulsar la participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural de la Región de Murcia y generar las condiciones que posibiliten su emancipación.

Por ello, el artículo 6 de la Ley mencionada dispone que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma ejercerá las funciones de planificar periódicamente las actuaciones en materia de juventud en la región, así como ordenar y regular los programas y actividades en los ámbitos previstos en la citada norma.

Por otro lado, resulta imprescindible señalar que la Ley de Juventud reseñada, en su artículo 2 considera “población joven”, a aquella comprendida entre los catorce y treinta años de edad, con residencia en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Sin embargo, este mismo artículo precisa que no obstante lo anterior, se podrán establecer límites de edad distintos a los señalados, para determinados programas o colectivos específicos en aplicación de esta Ley.

Dado lo anterior, y teniendo en cuenta los grandes cambios poblacionales tendentes a un envejecimiento paulatino de nuestra sociedad, la situación socioeconómica de los últimos años y la emancipación tardía de los jóvenes, justifica la puesta en funcionamiento de este programa, destinado a jóvenes mayores de treinta años y menores de treintaséis, que con un perfil similar al de los jóvenes menores de treinta años de nuestra región, tienen que afrontar aún las mismas necesidades.

Con la finalidad de hacer efectivas dichas previsiones normativas, de conformidad con las competencias atribuidas por Decreto 72/2017, de 17 de mayo y en ejercicio de las facultades reconocidas por los artículos 19 y 25.5 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

 

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