Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 27 de junio de 2017 de convocatoria de subvenciones a conceder, durante el ejercicio económico de 2017, en el ámbito de programas de promoción e inserción social, a entidades sin ánimo de lucro que operan en el municipio de Molina de Segura.
Según acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de junio de 2017 y de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sedeelectronica.molinadesegura.es).
Primero: Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas asociaciones e instituciones, legalmente constituidas, que reúnan los siguientes requisitos:
- Domicilio en Molina de Segura.
- Carencia de ánimo de lucro.
- Funcionamiento estable y efectivo en el municipio de Molina de Segura.
No podrán optar a las subvenciones reguladas en la presente convocatoria aquellas entidades que durante el ejercicio de referencia puedan ser titulares de una subvención de carácter nominativo, de concesión directa o por la suscripción de un convenio de colaboración en materia social con el Ayuntamiento de Molina de Segura.